Una denuncia administrativa fue presentada ante la Inspección Judicial contra el fiscal general de la República, Carlo Díaz Sánchez, y la magistrada presidenta de la Sala de Casación Penal (Sala Tercera), Patricia Solano Castro, por una presunta beligerancia política y eventuales infracciones relacionadas con las normas de conflicto de interés del Poder Judicial.
La gestión fue presentada por el abogado Esteban Aguilar Vargas, quien cuestionó diversas manifestaciones públicas realizadas por ambos funcionarios judiciales y solicitó la apertura de una investigación preliminar para determinar si existieron posibles faltas disciplinarias.
En el caso de Díaz, el denunciante hizo referencia a declaraciones relacionadas con la situación política nacional, el expresidente Rodrigo Chaves y el proyecto político oficialista, así como expresiones en las que el fiscal general alertó sobre posibles riesgos para la democracia en el país.
Respecto a Solano, Aguilar señaló manifestaciones públicas sobre la situación económica de Costa Rica, incluyendo la comparación entre la denominada “economía jaguar” y una economía que “no llega ni a gatito”, frase utilizada por la magistrada en sus cuestionamientos sobre el desempeño económico nacional.
El documento presentado ante la Inspección Judicial plantea que se debe analizar si dichas expresiones podrían interpretarse como una posición de rechazo hacia una corriente o agrupación política, o si resultan incompatibles con los deberes de imparcialidad y neutralidad que rigen a los funcionarios del Poder Judicial.
Además, la denuncia solicita el resguardo de entrevistas, videos y publicaciones periodísticas relacionadas con los hechos señalados como prueba, así como la preservación de evidencia digital y la eventual solicitud de archivos originales a medios de comunicación o plataformas.
El abogado indicó que corresponde a la Inspección Judicial determinar, mediante el debido proceso, si las manifestaciones realizadas por Díaz y Solano se encuentran protegidas por la libertad de expresión de los funcionarios públicos o si podrían exceder los límites establecidos por el régimen disciplinario del Poder Judicial.





