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Asamblea Legislativa archiva caso de presunto hostigamiento sexual contra Fabricio Alvarado

Presidencia legislativa alega que perdió potestad sancionadora al vencer el mandato del exdiputado

Asamblea Legislativa archiva caso de presunto hostigamiento sexual contra Fabricio Alvarado
Esta noticia es de hace 6 semanas

San José, Costa Rica – La Presidencia de la Asamblea Legislativa ordenó archivar el expediente de presunto hostigamiento sexual contra el exdiputado Fabricio Alvarado Muñoz, al concluir que el órgano legislativo perdió toda potestad sancionadora una vez que venció el período constitucional 2022-2026.

La resolución, dictada el 14 de mayo de 2026 bajo el expediente legislativo N.° 25.400, cierra formalmente el proceso disciplinario que se tramitaba en la Asamblea, aunque deja abierta la causa penal que se ventila en el Juzgado Penal de Desamparados.

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Por qué la Asamblea dice que no puede sancionar a Alvarado Muñoz

La Presidencia fundamentó su decisión en que el Reglamento contra el Hostigamiento Sexual en la Asamblea Legislativa para Diputados y Diputadas delimita de forma expresa su ámbito de aplicación a personas que ostenten la condición de diputado o diputada al momento de la sanción.

Un criterio del Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos, emitido mediante el oficio AL-DEST-OFI-127-2026, fue determinante para la decisión.

«Si la persona que eventualmente recibiría una sanción deja de ser Diputado o Diputada, la Asamblea Legislativa perdería la potestad sancionadora», advirtió la Gerencia de ese departamento.

El mismo criterio fue aún más tajante en su conclusión.

«La Asamblea Legislativa no tiene potestad de imponer una sanción a una persona que dejó de ser Diputado de la República y que no tiene ningún vínculo con la Administración Pública», sentenciaron los asesores legislativos.

Riesgo de prevaricato, el argumento que detuvo la votación

La Presidencia advirtió que permitir la votación en el Plenario para sancionar a Alvarado Muñoz por las presuntas conductas investigadas configuraría el delito de prevaricato, establecido en el artículo 357 del Código Penal, que sanciona con prisión de dos a seis años al funcionario que dicte resoluciones contrarias a la ley.

La resolución reconoció explícitamente que el artículo 29 del Reglamento de Hostigamiento Sexual habilita a la Comisión Especial a rendir su informe de forma anticipada cuando el diputado denunciado cesa en el cargo, pero recalcó que esa norma no da luz verde al Plenario para sancionar a un exdiputado por hechos que aún no han sido probados en sede judicial.

«Ni el artículo de referencia, ni ninguna otra norma, puede interpretarse como una habilitación tácita para sancionar a exdiputados, pues ello implicaría una interpretación extensiva de potestades sancionatorias en abierta contradicción con los principios de legalidad y tipicidad», subrayó la Presidencia en el documento.

La resolución aclaró que lo resuelto no implica ningún pronunciamiento sobre el fondo de los hechos investigados ni sobre la existencia o inexistencia de responsabilidad de Alvarado Muñoz, quien mantiene la presunción de inocencia mientras no exista una sentencia condenatoria firme.

La denunciante no queda desprotegida, dice la Presidencia

El documento dejó constancia de que existe un proceso penal activo ante el Juzgado Penal de Desamparados y que en esa sede se han dispuesto medidas cautelares vigentes para proteger a la denunciante, en el marco de la investigación por los presuntos actos de hostigamiento sexual.

«Esta Presidencia rechaza y repudia cualquier acto de hostigamiento y acoso sexual en cualquier ámbito, por lo cual hago un llamado al Poder Judicial a actuar de forma diligente, pronta y cumplida en el presente caso, evitando que este tipo de actuaciones queden impunes», exigió la Presidencia legislativa.

Como parte de la resolución, la Presidencia instruyó a los departamentos competentes y a las fracciones legislativas a impulsar cambios reglamentarios que cierren el vacío legal que impide al Plenario concluir este tipo de expedientes cuando hay un cambio de período constitucional.

Carlos Valencia
Escrito por
Carlos Valencia

Periodista UIA 2024. Director y Fundador del medio Acontecer.co.cr - Mención honorífica en el Premio Alberto Martén Chavarrí­a 2023, Categoría Estudiantes.

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