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Sala IV rechaza amparo contra el Frente Amplio por excluir a Impact Channel

Tribunal concluye que no hubo lesión a derechos fundamentales tras la exclusión temporal del medio en un chat de prensa

Fachada del edificio de la Sala Constitucional de Costa Rica, donde se resolvió el recurso de amparo presentado por la exclusión de Impact Channel del chat de p

Fuente: Archivo Acontecer | Credito: Archivo Acontecer · revisar crédito original | https://acontecer.co.cr/nacionales/frente-amplio-corte-nombre-magistraturas-suplentes/

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La Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso de amparo presentado por la exclusión temporal del medio Impact Channel del chat de prensa de la fracción legislativa del Frente Amplio.

El recurso fue interpuesto por Juan Carlos Gutiérrez Quesada a favor del periodista Byron Gutiérrez, quien fue retirado del grupo de WhatsApp el pasado 10 de setiembre.

Los magistrados emitieron la sentencia el 29 de octubre con una resolución contundente: «Se declara sin lugar el recurso».

La fracción del Frente Amplio reconoció ante el tribunal que el periodista fue eliminado del grupo por decisión de integrantes de su equipo de prensa, tras una publicación realizada por Impact Channel.

Sin embargo, la agrupación aseguró que la medida no había sido autorizada previamente por sus diputados y que, un día después, decidió dejarla sin efecto.

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La fracción solicitó al medio escoger a un periodista para incorporarlo nuevamente al chat de prensa.

Motivo de la exclusión del chat de prensa

El equipo de comunicación del Frente Amplio consideró que una publicación de Impact Channel relacionada con un proyecto sobre esfuerzos para cambiar la orientación sexual, identidad o expresión de género era discriminatoria contra la comunidad LGBTIQ+.

No obstante, la propia fracción sostuvo ante la Sala que retirar al medio de sus canales de comunicación no era la vía adecuada para responder a una publicación que considerara discriminatoria.

Argumentos del tribunal constitucional

La Sala Constitucional tuvo por demostrado que Impact Channel estuvo fuera del grupo entre el 10 y el 11 de setiembre.

Durante ese periodo, el Frente Amplio no publicó ningún mensaje en el chat de prensa.

Además, el tribunal determinó que la decisión de reincorporar al medio se tomó antes de que se presentara y notificara formalmente el recurso de amparo.

«Este Tribunal considera que no se ha dado una lesión a los derechos fundamentales de la parte recurrente», señala la resolución.

Con esta decisión, la Sala Constitucional cierra el caso sin ordenar medidas adicionales contra la fracción legislativa.

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