El abogado Boris Molina explicó el principio legal conocido como in dubio pro consumidor, que establece que cualquier duda sobre un producto defectuoso debe resolverse a favor del consumidor.
Molina ilustró el concepto con un caso cotidiano: la compra de carne en mal estado en un supermercado.
Según relató, una persona adquiere un corte de carne, lo lleva a su casa y al momento de prepararlo descubre que está en malas condiciones. Al regresar al establecimiento para solicitar el cambio, el encargado niega que el producto haya sido comprado allí.
«El señor del supermercado simplemente me dice: “Mire, esa carne usted no la compró aquí, esa carne no es de aquí”. ¿Qué hago en ese caso?, ¿cómo puedo demostrarlo?», planteó Molina.
El abogado reconoció que la situación puede parecer compleja para el consumidor, especialmente cuando no existen pruebas científicas inmediatas que vinculen el producto con el establecimiento.
«Mientras se hace un avalúo de carácter científico, que pueda un juez ordenar, por ejemplo, que vayan e inspeccionen esa carne, o el Ministerio de Salud, pasan horas, pasan días o pasan hasta semanas», señaló.
Molina advirtió que en ese lapso la carne podría descomponerse aún más o perder cualquier relación científica con el lote original del supermercado.
El principio que protege al consumidor
Pese a las dificultades probatorias, Molina destacó que existe una herramienta legal que favorece al comprador: el principio in dubio pro consumidor.
«Le tengo una buena noticia: cualquier duda siempre va a favorecer al consumidor», afirmó el abogado.
Molina explicó que si el consumidor puede presentar algún tipo de respaldo, como el testimonio de un familiar o vecino que haya presenciado la compra o la apertura del producto en casa, esa duda debe resolverse a su favor.
«Si usted andaba con un familiar, si usted andaba con un vecino, si puede demostrar que esa carne que compró, cuando la abrió en su casa, alguien estaba y vio que era la que traía del supermercado, esa duda lo tiene que favorecer», detalló.
El abogado subrayó que la aplicación de este principio no requiere una prueba científica concluyente para que el consumidor obtenga una resolución favorable.
«Simple y sencillamente, la aplicación del principio in dubio pro consumidor; es decir, en caso de duda, se favorece lo que diga el consumidor o lo que lo beneficie más», sentenció Molina.





