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Estas son las regulaciones de feriados en el Código de Trabajo de Costa Rica para el 2023

• Así­ se manejarán los feriados en el Código de Trabajo de Costa Rica

Redacción Acontecer.co.cr
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20 de enero de 2023
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Con el inicio del nuevo año, también llegan varias dudas sobre cómo se deben manejar los feriados establecidos en el Código de Trabajo en Costa Rica.

Según Carlos Gómez, socio de la firma Baker Tilly Costa Rica, este 2023 el paí­s tendrá un total de 12 feriados, los cuales están establecidos en el Artí­culo 148 del Código de Trabajo.

De estos, tres dí­as son feriados de pago no obligatorio: 2 de agosto, Dí­a de la Virgen de los Ángeles; 31 de agosto, Dí­a de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense; y el 1 de diciembre, Dí­a de la Abolición del Ejercito.

Por otro lado, los feriados de pago obligatorio son: 1 de enero, Año Nuevo; 11 de abril, Conmemoración de la Batalla de Rivas; Jueves y Viernes Santo; 1 de mayo, Dí­a Internacional del Trabajador; 25 de julio, Anexión del Partido de Nicoya; 15 de agosto, Dí­a de la Madre; 15 de Septiembre, Dí­a de la Independencia; y 25 de diciembre, Navidad.

Según Gómez, todos los feriados establecidos en el Código de Trabajo son de disfrute obligatorio para los trabajadores, pero la diferencia radica en el pago que se aplica por parte del patrono en cada uno de ellos. En Costa Rica existen dos modalidades de pago: Industria y Comercio.

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El pago en Industria corresponde a aquellos pagan siete dí­as, incluyendo los dos dí­as de descanso.

En cuanto a los feriados de pago no obligatorio, Gómez aclaró que estos dí­as no son remunerados por el patrono, pero el trabajador tiene derecho a tomarlos de forma obligatoria.

Si el trabajador decide no tomarlos, entonces no tiene derecho a recibir pago alguno. Sin embargo, si el empleador decide pagarle a su colaborador en estos dí­as, entonces se considera una gratificación adicional.

Por otro lado, el experto señaló que en caso de que un feriado caiga en un dí­a de descanso para el trabajador, este tiene derecho a tomar otro dí­a libre a elección del empleador, siempre y cuando se avise con anticipación y sea acordado entre ambas partes.

En resumen, es importante que tanto los patronos como los trabajadores conozcan las regulaciones establecidas en el Código de Trabajo en cuanto a los feriados de pago obligatorio y no obligatorio, para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento correcto de las leyes laborales.

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