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Katherine Tenorio Ruiz asume la dirección de la Policía de Control Fiscal

Ministro de Hacienda Rodrigo Chaves nombra a Katherine Tenorio Ruiz como nueva directora general de la PCF

Katherine Tenorio Ruiz asume la dirección de la Policía de Control Fiscal

El ministro de Hacienda, Rodrigo Chaves Robles, destituyó al director general de la Policía de Control Fiscal (PCF) y nombró en su lugar a la abogada y criminóloga Katherine Tenorio Ruiz.

La decisión fue comunicada este sábado por el despacho del ministro, quien también funge como ministro de la Presidencia en el gobierno de Laura Fernández Delgado.

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Katherine Tenorio Ruiz asume la dirección de la PCF con formación profesional en Derecho, Notariado y Criminología, además de una maestría en Derecho y Negocios Internacionales.

Según información oficial, su experiencia se ha concentrado en la investigación de delitos tributarios, aduaneros, hacendarios y penales, así como en asesoría jurídica especializada.

Trayectoria de la nueva directora

Antes de su nombramiento, Katherine Tenorio Ruiz se desempeñó como investigadora fiscal en el Tribunal de Hacienda, donde participó en procesos vinculados con la detección e investigación de delitos fiscales.

También trabajó como criminóloga en la Comisión de Investigación Panamá Papers y Fraude Complejo de la Dirección de Inteligencia Tributaria del Ministerio de Hacienda.

El Ministerio de Hacienda no detalló las razones específicas de la destitución del anterior director ni ofreció mayores precisiones sobre los plazos de transición en el cargo.

Redacción Acontecer.co.cr
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La CCSS había solicitado el embargo desde inicios de mayo. El caso enfrentó durante años obstáculos para el cobro, entre ellos dificultades para localizar físicamente a José Miguel Villalobos y la ausencia de bienes inmuebles inscritos a su nombre.

Salario de diputados es embargable

Criterios de la Asesoría Legal de la Asamblea Legislativa establecen que la remuneración de los diputados es embargable, pese a que no exista una relación laboral ordinaria con el Estado. Una resolución de la Sala Constitucional de 1991 eliminó una disposición que pretendía excluir ese ingreso de efectos jurídicos como los embargos, y el artículo 172 del Código de Trabajo señala que las dietas se consideran salario para efectos de embargo.

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