El Gobierno de la presidenta Laura Fernández Delgado presentó ante la Asamblea Legislativa el expediente 25.722, que reforma 15 artículos de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. La iniciativa también deroga un artículo y modifica nueve de la Ley General de Control Interno.
Según la exposición de motivos, las modificaciones buscan impedir que los órganos fiscalizadores incurran en coadministración. El control se centraría en el resguardo de los fondos públicos de manera exclusiva.
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El texto elimina el control de eficiencia que establece el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Contraloría. Esa disposición quedaría derogada, de acuerdo con el contenido del expediente.
Investigaciones condicionadas a orden judicial
La propuesta modifica el artículo 22 para establecer que las investigaciones de la Contraloría no podrán suspender la ejecución de estudios, análisis, actos y contratos del Estado. Esa suspensión solo procedería mediante orden judicial.
Además, se elimina la obligación de la Contraloría de iniciar sumarios o investigaciones especiales cuando lo soliciten órganos parlamentarios. Tampoco podría hacerlo cuando al menos cinco diputados lo pidan de manera conjunta.
El proyecto extiende restricciones a la Ley General de Control Interno. Los fiscalizadores no podrían sustituir, abarcar, ordenar o recomendar asuntos de la Administración activa.
Tampoco podrían evaluar previamente la gestión de la Administración, según el texto presentado por el Ejecutivo.
La iniciativa retoma planteamientos incluidos en la primera Ley Jaguar impulsada durante la administración de Rodrigo Chaves Robles. Los artículos relacionados fueron declarados inconstitucionales por la Sala Constitucional en 2024.
La Sala resolvió en julio de 2024 que las reformas a los artículos 11, 17 y 22 presentaban problemas de constitucionalidad. El tribunal consideró que afectaban competencias derivadas de los artículos 183 y 184 de la Constitución Política.




