Expediente N.° 24985EN TRÁMITE
REFORMA AL ARTÍCULO 572 DEL CÓDIGO CIVIL: INCLUSIÓN DE LOS NIETOS Y LAS NIETAS EN LA PRELACIÓN SUCESORIA Y MODERNIZACIÓN TERMINOLÓGICA
¿De qué trata?
# Explicación del Proyecto de Ley Este proyecto busca que los nietos hereden directamente de sus abuelos en caso de que el padre o la madre (hijo del abuelo) haya fallecido antes, en lugar de perder esa herencia. La reforma beneficia principalmente a las familias que pierden a uno de sus padres, permitiendo que sus hijos no queden excluidos de la herencia de los abuelos.
Resumen generado con IA a partir de los datos oficiales de la Asamblea Legislativa.
Información del proyecto
- Proponente
- CARLOS ANDRÉS ROBLES OBANDO
- Presentado
- 19 de mayo de 2025
- Estado
- EN TRÁMITE