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Expediente N.° 24985EN TRÁMITE

REFORMA AL ARTÍCULO 572 DEL CÓDIGO CIVIL: INCLUSIÓN DE LOS NIETOS Y LAS NIETAS EN LA PRELACIÓN SUCESORIA Y MODERNIZACIÓN TERMINOLÓGICA

¿De qué trata?

# Explicación del Proyecto de Ley Este proyecto busca que los nietos hereden directamente de sus abuelos en caso de que el padre o la madre (hijo del abuelo) haya fallecido antes, en lugar de perder esa herencia. La reforma beneficia principalmente a las familias que pierden a uno de sus padres, permitiendo que sus hijos no queden excluidos de la herencia de los abuelos.

Resumen generado con IA a partir de los datos oficiales de la Asamblea Legislativa.

Información del proyecto

Proponente
CARLOS ANDRÉS ROBLES OBANDO
Presentado
19 de mayo de 2025
Estado
EN TRÁMITE
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