Expediente N.° 22680EN TRÁMITE
REFORMA AL ARTÍCULO 8 DE LA LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) N.°6826 DE 08 DE NOVIEMBRE DE 1982, PARA INCLUIR COMO EXENCIÓN LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE COMBUSTIBLES A LOS QUE SE LES APLICA EL CAPÍTULO I DE LA LEY N.° 8114, LEY DE SIMPLIFICACIÓN Y EFICIENCIA TRIBUTARIAS, DE 4 DE JULIO DE 2001
¿De qué trata?
Este proyecto propone eliminar el cobro del IVA a los servicios de transporte y distribución de combustibles que ya pagan un impuesto específico establecido en otra ley. Beneficiaría directamente a las empresas encargadas de llevar esos combustibles desde las plantas hasta las gasolineras o clientes, y podría evitar que ese costo extra se traslade al precio final.
Resumen generado con IA a partir de los datos oficiales de la Asamblea Legislativa.
Información del proyecto
- Proponente
- PABLO HERIBERTO ABARCA MORA | GUSTAVO ALONSO VIALES VILLEGAS
- Presentado
- 9 de septiembre de 2021
- Estado
- EN TRÁMITE