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Expediente N.° 21466EN TRÁMITE

ADICIÓN DE UN INCISO 4) AL ARTÍCULO 5 Y DE UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 34 DE LA LEY CONTRA EL HOSTIGAMIENTO O ACOSO SEXUAL EN EL EMPLEO Y LA DOCENCIA, N° 7476 DE 3 DE FEBRERO DE 1995. PARA GARANTIZAR LA PUBLICIDAD DE LAS SANCIONES FIRMES IMPUESTAS POR CONDUCTAS DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL.

¿De qué trata?

Este proyecto busca que las sanciones definitivas contra personas que cometan acoso sexual en el trabajo o en la educación se hagan públicas, para que todos puedan conocerlas. Afecta a quienes sean declarados culpables de estas conductas, y beneficia a la sociedad al darle más transparencia y protección contra el hostigamiento.

Resumen generado con IA a partir de los datos oficiales de la Asamblea Legislativa.

Información del proyecto

Proponente
JOSÉ MARÍA VILLALTA FLOREZ ESTRADA
Presentado
12 de junio de 2019
Estado
EN TRÁMITE

Diputados proponentes

José María Villalta Flórez-Estrada
Frente Amplio
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