Expediente N.° 21466EN TRÁMITE
ADICIÓN DE UN INCISO 4) AL ARTÍCULO 5 Y DE UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 34 DE LA LEY CONTRA EL HOSTIGAMIENTO O ACOSO SEXUAL EN EL EMPLEO Y LA DOCENCIA, N° 7476 DE 3 DE FEBRERO DE 1995. PARA GARANTIZAR LA PUBLICIDAD DE LAS SANCIONES FIRMES IMPUESTAS POR CONDUCTAS DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL.
¿De qué trata?
Este proyecto busca que las sanciones definitivas contra personas que cometan acoso sexual en el trabajo o en la educación se hagan públicas, para que todos puedan conocerlas. Afecta a quienes sean declarados culpables de estas conductas, y beneficia a la sociedad al darle más transparencia y protección contra el hostigamiento.
Resumen generado con IA a partir de los datos oficiales de la Asamblea Legislativa.
Información del proyecto
- Proponente
- JOSÉ MARÍA VILLALTA FLOREZ ESTRADA
- Presentado
- 12 de junio de 2019
- Estado
- EN TRÁMITE
