- Adicionalmente, las certificaciones de notario público también se podrán aspotillar por esta vía
- Desde la creación del servicio el 3 de septiembre del 2021 a la primera quincena de enero 2022, se han gestionado 8.500 solicitudes.
El servicio de apostillado y legalización que ofrece Correos de Costa Rica, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, incorpora desde este lunes 17 de enero nuevas categorías de documentos que pueden gestionarse a través de las sucursales del correo.
Los usuarios podrán tramitar sin necesidad de trasladarse hasta las oficinas de la Cancillería la autenticación de certificaciones de Notarios Públicos y de documentos académicos, incluyendo títulos y notas de primaria o secundaria, tanto de instituciones públicas como privadas.
Jorge Solano, gerente General de Correos de Costa Rica, destacó la importancia de las alianzas entre instituciones para facilitar trámites a la población, “Nos complace ampliar las posibilidades para que los ciudadanos puedan gestionar el apostillado de sus documentos sin necesidad de trasladarse hasta la capital. Esta es una nueva iniciativa entre instituciones del Estado en pro de la facilitación de trámites y la maximización de la experiencia de los usuarios de servicios públicos” comentó.
Antes de presentar el documento que requiere apostillar, es importante que el interesado verifique que cuente con las respectivas firmas autorizadas según corresponda.
Debe cancelar en el Banco de Costa Rica el costo correspondiente al servicio de Apostillado de Documentos tasación, o su equivalente en timbres (Timbre Fiscal ¢125 y Timbre de Parques Nacionales ¢500).
Requisitos del servicio:
Toda persona que requiera apostillar o legalizar un título, nota o certificación de estudios de primaria o secundaria, debe primero presentar el documento en la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad del Ministerio de Educación Pública donde le colocarán un sello oficial con la información de esta dependencia.
En el caso de los documentos emitidos por un Notario Público, es requisito que la firma del profesional esté certificada ante la Dirección Nacional de Notariado y acreditada ante el Departamento de Autenticaciones de la Cancillería para el otorgamiento de Apostillas y Legalizaciones.